Un pastor evangélico de Puerto Madryn fue condenado a 10 años de cárcel por abusar sexualmente de una menor de edad. El imputado admitió su responsabilidad en un juicio abreviado que fue homologado por el juez Francisco Orlando.
Según informó el Ministerio Público Fiscal (MPF), Zenen del Carmen Oyarzo Ojeda abusó de una menor durante cuatro años, entre 2018 y 2022.
“En su rol de pastor y figura de autoridad espiritual, abusó reiteradamente de una menor de edad. La investigación reveló que el acusado aprovechó su posición de confianza para acceder a la víctima y consumar los ataques”, detallaron desde el MPF.
La fiscal Romina Carrizo, de la Agencia de Género de la Fiscalía, coordinó la recolección de pruebas, que incluyó declaraciones de la víctima, pericias psicológicas y testimonios de testigos.
Condenaron a 14 años de cárcel al pastor que abusó de una adolescente que asistía a una iglesia de Chubut
Con esas pruebas presentadas a lo largo del proceso, acreditó el delito de abuso con acceso carnal agravado por la condición de responsable de culto, agravante que eleva la escala penal del delito.
El juez Orlando homologó un acuerdo de juicio abreviado que impone una pena de cumplimiento efectivo de 10 años de cárcel. La condena quedó firme, lo que otorga a la pena carácter definitivo.
El abuso con acceso carnal agravado por condición de responsable de culto está tipificado en el artículo 119 ter, inciso 5, del Código Penal, que prevé sanciones más severas para quienes explotan relaciones de poder o confianza para delinquir sexualmente.
OTRO PASTOR CONDENADO EN TRELEW
La semana pasada, otro pastor evangélico fue condenado a 14 años de prisión por abuso sexual cometido contra una adolescente, en hechos ocurridos entre marzo y noviembre de 2022 en una iglesia del sur de Trelew, donde asistía la víctima.
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La condena fue dictada por el juez Fabio Monti tras el veredicto de culpabilidad emitido a finales de abril por un jurado popular.
Durante el debate oral, desarrollado en la sede de la Asociación de Magistrados y Funcionarios Judiciales, el jurado evaluó las pruebas testimoniales y documentales que acreditaron los abusos cometidos por el imputado, aprovechando su condición de ministro de culto.
Los delitos por los que fue declarado culpable, fueron calificados como “abuso sexual simple y abuso sexual con acceso carnal”, ambos agravados por haber sido cometidos por un ministro de culto y en un contexto de violencia de género, en concurso real.