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La ANMAT prohibió un alcohol sanitizante y más de 60 productos capilares por riesgos para la salud

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de un alcohol sanitizante y de más de 60 productos capilares tras detectar graves irregularidades en su inscripción sanitaria, lo que representa un potencial riesgo para la salud de la población.

Las medidas quedaron oficializadas este lunes a través de disposiciones publicadas en el Boletín Oficial y se originaron a partir de denuncias realizadas por consumidores y entidades profesionales, que derivaron en investigaciones y fiscalizaciones por parte del organismo nacional.

En primer lugar, la ANMAT dispuso la prohibición del uso, comercialización y distribución de al menos 60 productos capilares de la marca “Diamonds Professional”. El relevamiento incluyó shampoos, acondicionadores, desenredantes, tratamientos intensivos, aceites, matizadores y productos para alisado, todos ellos comercializados sin contar con la correspondiente inscripción sanitaria obligatoria.

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Según detalló el organismo, los productos no figuraban en la base de datos oficial y carecían de información clave en sus rótulos. Además, se constató que eran ofrecidos a través de plataformas de venta online. Ante esta situación, la ANMAT dio intervención al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción para gestionar la baja de las publicaciones y notificó a las autoridades sanitarias provinciales para garantizar el retiro del mercado.

Las autoridades advirtieron especialmente sobre el riesgo de los productos destinados al alisado capilar, ya que podrían contener formol, una sustancia prohibida por su toxicidad. La exposición a vapores de formol puede provocar irritaciones en ojos, piel y vías respiratorias, reacciones alérgicas y, en casos de exposición prolongada, aumentar el riesgo de desarrollar enfermedades graves.

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En paralelo, la ANMAT también prohibió la comercialización de un alcohol sanitizante para manos y piel, listo para usar y sin acción terapéutica, de la marca G-I-G. El producto se presentaba en envases de cinco litros y figuraba como elaborado por Quality Clean S.A. para la firma Adserco S.A.

La investigación se inició tras una denuncia del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires, que alertó sobre la falta de datos de lote y fecha de vencimiento en el envase. Si bien el producto figuraba inscripto en los registros oficiales, la empresa elaboradora informó que dejó de fabricarlo en 2022 y que su vida útil es de dos años, por lo que cualquier unidad en circulación estaría vencida.

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Durante la fiscalización, además, se constató que la unidad denunciada no había sido producida por Quality Clean S.A., pese a utilizar su número de habilitación, lo que configuró el uso indebido de información sanitaria. En una inspección posterior al domicilio declarado de Adserco S.A., no se encontró actividad vinculada a la firma.

Ante la falta de garantías sobre la legitimidad, composición y seguridad del producto, la ANMAT ordenó su prohibición en todas las presentaciones y contenidos netos, y comunicó la medida a las autoridades sanitarias de todo el país.

Las disposiciones se dictaron en el marco de las facultades otorgadas al organismo por el Decreto 1490/92, que lo habilita a regular y fiscalizar productos de uso humano que puedan implicar riesgos para la salud pública.

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